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EN DEFENSA DE LA VIDA

Desde distintos poderes del Estado (fallos judiciales y proyectos legislativos) y de organizaciones particulares se busca instalar la práctica del aborto como un procedimiento médico y un derecho de la mujer encinta. Incluso se lo plantea como una reivindicación ante
lo que se denomina la “corporación médica”. Este enfoque reposa en el difundido agravio de que la profesión médica realizaría habitualmente abortos movida por un interés económico, excluyendo a los sectores pobres de la sociedad.

No podemos dejar de recordar que el profesional médico está exclusivamente al servicio de la vida humana, desde la concepción hasta la muerte. Por ello el aborto, en cualquiera de las etapas del proceso de la gestación, no es una actividad médica, no es una práctica aceptada
ni tolerada por el Colegio de Médicos de la Provincia de Salta, sin acepción de personas ni de intereses económicos.

Por los actuales conocimientos genéticos y embriológicos sabemos que el concebido es un nuevo individuo de la especie humana, con su identidad genética única, diversa de la del padre y de la madre. No se trata de un órgano ni de una modificación benigna o maligna del
cuerpo de la madre. Se trata de un niño en las primeras etapas de su desarrollo, que necesita imprescindiblemente su lugar natural en el seno materno. Es el mismo niño que, una vez nacido, seguirá requiriendo de un ambiente y de una atención especial.

Con toda la tradición hipocrática y con la renovada claridad que el estado de la ciencia y de la reflexión biomédica actual ofrece, reafirmamos que no es aceptable reconocer el aborto como una praxis médica, disponible al arbitrio de la voluntad de un solicitante.

Incorporar el aborto como una práctica social no es un avance sino un retroceso en la calidad de vida; se dirige contra la vida misma en su etapa inicial pero ya objetivamente definida. Además el aborto, cualquiera fueren las condiciones de su realización, no es inocuo para la misma mujer que se lo practica.

La objeción de conciencia ante una normativa de tipo permisivo surge de la raíz misma del conocimiento y de la identidad de la profesión médica. También el deber de explicar, a quien nos consulte sobre este tipo de procedimientos, su verdadera naturaleza y sus probables
consecuencias psicofísicas.

Consideramos que la legislación debe disponer medios para una efectiva asistencia a la madre gestante y al niño concebido, de manera que esté garantizada la salud de ambos y se atienda a los problemas que puedan afligirlos. En esta tarea sí tenemos nuestro compromiso
vocacional y profesional, y nuestra disposición a colaborar.

COMITÉ DE BIOÉTICA MESA DIRECTIVA

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Diario de la criminalización de la protesta social en Salta - Marco Diaz Muñoz

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