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¿Como “falla” la Corte de Justicia de Salta?

Durante el año 2007, quien escribe relató por esta columna parte de esta historieta municipal. Hoy, intentaremos contarle a Ud. el final de esta parodia legal, cuyos principales actores “fallan o resuelven” en un todo de acuerdo y, sin desviarse un àpice, de lo que genera y produce en la Salta nuestra, ese moto Calificado como INSEGURIDAD JURIDICA (Traducido al salteño, un proverbio hindú señala: LA LEY Y LA JUSTICIA SOLO ALCANZAN A LOS PIES DESCALZOS, QUIENES DESCONOCEN Y NO HABLAN EL LENGUAJE DEL PODER POBRE DE ELLOS…,PUES, NADIE SALDRÀ A DEFENDERLOS”.

11 de noviembre de 2008| copenoa |

Los aludidos, príncipes de la Justicia imperante en este Valle de Lerma que moran impolutos e inaccesibles en las etéreas alturas de la Ciudad Judicial, cual DIOSES vencidos bajados del Olimpo sagrado, e investidos en el cargo de Ministros de Corte están allí.

Tal vez, y convencidos de tales virtudes celestiales, algunos miembros de la Asociación Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de la Pcia. de Salta, plantearon a la Corte de Justicia de Salta el l6 de Marzo de 2008, según expediente CJS 30063/07 “S/ACCION DE INSCONSTITUCIONALIDAD C/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA”, originado por la ausencia del Intendente ISA, cuando vacacionaba por Brasil a comienzos del 2007. El responsable legal y material de semejante dislate jurídico resultó ser el Intendente Interino como VIDAL CASAS (a) El Gato Cordobés (siempre cae parado en todo cargo público que le ofrecen ejercer. Si sabe lo que tiene que hacer, eso no le interesa a él ni al que se lo ofrece.).

El lord mayor titular antes de irse, ya había dispuesto adecuarse a las leyes nacionales (20266 y 25028) sobre el registro y control de la actividad de todas las inmobiliarias habilitadas en la Ciudad de Salta, ajustando la normativa vigente. Pero, que ocurrió con VIDAL? Al parecer y, obedeciendo a un extraño influjo y sutil presión del lobby inmobiliario del sector, el Cordobès Interino, asesorado vaya a saber porqué monje negro entre bambalinas, suscribió el Decreto Municipal 020/07 DEROGANDO el anterior instrumento legal firmado por el titular de la comuna capitalina, retrotrayendo la normativa inmobiliaria a la época de las cavernas. Que tal? Seguramente el hombre no se quedó todo el mandato, porqué no se podía ni se puede.

Así pasaron ocho largos meses y, un día cualquiera los abogados de la “MUNI” Se presentaron a la Corte, acompañando un decreto municipal( 734/07 del 25 de Agosto de 2007),derogando y reconociendo la flagrante y aviesa inconstitucionalidad del cuestionado decreto 020/07). Ah., y de paso, peticionaron se declare abstracta la cuestión con eximición de costas(sic). Pero , si la que infringió la ley fue el ejecutivo municipal, no los martilleros públicos que reclaman su efectivo Cumplimiento al máximo Tribunal de la Provincia. – O no es así? Entonces, a mediados de Octubre del año 2008 devino el “FALLO” de la Corte Que decidió DECLARAR ABSTRACTA LA CUESTION E IMPONER LAS COS TAS POR EL ORDEN CAUSADO (Que cada parte pague a su abogado). O sea, Ud. Ciudadano de Salta JODASE, por osar reclamarle a la Corte que se digne a Hacer cumplir la constitucionalidad de las leyes y determine sanción administrativa y pecuniaria al infractor. Eso no pasará señor, sino que Ud. además será CASTIGADO (como se estila siempre) a abonarle a su letrado los honorarios y gastos que “ELLOS” le regulen en el expediente, por tamaño atrevimiento a reclamar JUSTICIA en un país libre, federal y republicano.

No se le ocurra jamás volver a mirar de frente y los ojos de los inmarcesibles DIOSES de la Ciudad Judicial (A uno de ellos, un tal FERRARIS, le llaman EL MAJESTUOSO por lo brillante)….ese fuego incandescente y eterno, que proviene de la oscura noche de los tiempos, lo CEGARÀ para siempre. Así Ud. y la JUSTICIA, deambularán por allí, como perpetuos habitantes de las sombras, sin poder VER la realidad. Pues, CIEGOS serán hasta el fin de la Historia.

PARADOJA: El 29 de Noviembre de 2007,el Intendente ISA derogó el Decreto Municipal 734/07 mediante otro decreto , el l032/07, el que jamás incorporó como deber legal de información , al expediente 30063/07, iniciado el l6/3/07 invocando en sus considerandos: “….debido al poco claro régimen jurídico vigente en cuanto A los martilleros y corredores….!!!!”.

UD. AMIGO LECTOR, SAQUE SUS PROPIAS CONCLUSIONES Y PREGUN TESE SI LA CORTE DE JUSTICIA Y LA MUNICIPALIDAD SON DE SALTA O DE ESE PUEBLITO LLAMADO MACONDO DE GARCÌA MARQUEZ QUE DESCRIBE EN SU LIBRE “l00 Años de Soledad”.

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