Se ha planteado a la Corte de Justicia de Salta un inédito y duro posicionamiento de la Asociación Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de Salta, en defensa del libre ejercicio Profesional conforme lo disponen la normativa legal de fondo, leyes 20266/73 y 25028/00 respectivamente.
A solicitud de la Asociación mencionada, varias semanas atrás concurrieron a entrevistar como gestores de buenos oficios el Ministro y Secretario de Justicia, a los jueces de Corte (por ahí se dijo, menos a Ferraris).
Los Funcionarios del Ejecutivo Provincial portaban de los rematadores un petitorio de cuatro puntos, los cuales consideran LESIVOS y DEGRADANTES de su intimidad personal y buen hombre y honor como ciudadanos.
Sumado a ello, la irrestricta aplicación devenida en arbitraria , cuando en febrero de cada año piden cumplimentar pseudos requisitos formales no previstos en la ley de fondo, no hacen sino LIMITAR, IMPEDIR e INHABILITAR de hecho y de derecho, el regular permanente y libre ejercicio de la Profesión de Martillero y Corredor Público en la Provincia de Salta.
Todo esto, en abierta y flagrante violación al derecho legal y constitucional de ejercer oficio o Profesión lícita en la Provincia y el País.
Hasta el 16 de febrero del año en curso, la Corte en razón de peticiones expresas y fundadas de la Asoc. .Prof. referida, no dijo ni SI ni NO. Hasta ahora en un NI.
Visto este estado de cosas y atento a los plazos administrativos fijados por la propia Corte (Vto 18/02/08), la Asoc. Prof. de Martilleros presento a horas 12,30 en Presidencia de Corte, un Recurso de Amparo Administrativo (Pronto Despacho) que prevé el articulo 167 de la ley 5348 /78 Pcial , en la que le solicita a través de su Presidente DANTE GUSTAVO ARANDA : “…. Prorrogar el plazo de anotación de la lista anual año 2008 de la Corte, para ejercer como Martillero Judicial hasta tanto se dicte Resolución Fundada en el petitorio formulado por nuestra Asoc. ( P.J 476/07) el día 01/02/08)…”
“… hacer RESERVA LEGAL de derechos a plantear el recurso que corresponda una vez agotada la vía administrativa…?
De esto se infiere, que si hoy los Martilleros y Corredores Públicos como Profesionales matriculados y equiparación Universitaria por ley en todo el territorio Nacional, tienen que verse compelidos a presentar recursos administrativos y Judiciales por ante representantes de un Poder del Estado (Poder Judicial) para hacer valer DERECHOS y defenderse por quienes por imperio de la Constitución y las leyes lo tienen que amparar y proteger.
Entonces que hace la Corte en Salta?
Pretender seguir imponiendo sin solución de continuidad un ley (caduca de hecho) y doctrina de facto, a un sector Profesional Independiente e indispensable en la Administración de Justicia de la Provincia, solamente porque los Martilleros y Corredores desde hace medio siglo tiene el pecado venial de no contar con el Colegio de Ley.
Esto continuara… pero en el entretanto, quien hará JUSTICIA VERDADERA en el valle de de Salta: NO VA MAS
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