El organismo actualizó los límites para declarar información personal en compras con y sin tarjeta. Conocé los detalles
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) intensificó sus medidas de control fiscal, actualizando los montos a partir de los cuales los comerciantes deben informar los datos personales de los consumidores.
Esta actualización busca prevenir la evasión fiscal y reforzar el control sobre la emisión de comprobantes en las transacciones comerciales, un movimiento que impacta tanto a los comerciantes como a sus clientes.
Alerta AFIP: piden datos personales en compras superiores a este monto
La AFIP estableció nuevos límites para la obligatoriedad de declarar los datos personales de los consumidores en ciertas compras. Estos montos varían según el medio de pago utilizado:
Compras con tarjeta de crédito, débito o medios electrónicos: si realizas una compra utilizando tarjetas de crédito, débito, medios electrónicos como QR, o tarjetas prepagas no bancarias, y el monto total iguala o supera los $344.488, el comerciante estará obligado a registrar y reportar tus datos personales a la AFIP.
Compras en efectivo: para las transacciones realizadas en efectivo, el umbral es menor. Si la compra alcanza o supera los $172.244, el comerciante deberá también informar tus datos al organismo fiscal.
Qué datos personales pide la AFIP
Si tu compra supera los montos mencionados, la AFIP requiere que el comerciante recabe y declare la siguiente información del consumidor:
Apellido y nombre completo.
Domicilio.
Número de documento (DNI, LE, LC, Pasaporte o CI).
CUIT, CUIL o CDI, en caso de corresponder.
Esta medida es parte de un esfuerzo más amplio de la AFIP para mejorar la transparencia y combatir la evasión fiscal. Con estos cambios, la entidad busca asegurar que las transacciones comerciales estén debidamente documentadas y que se cumplan las obligaciones tributarias correspondientes.(baesnegocios)
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