El procurador fiscal Víctor Abramovich solicitó dejar sin efecto una sentencia de la Corte de Salta. Es por publicaciones sobre el gobernador y Demitropulos
El pedido fue realizado a través de un dictamen firmado por el procurador fiscal Víctor Abramovich, quien consideró que la decisión judicial provincial incurre en censura previa, lo cual resulta incompatible con la Constitución Nacional y los tratados internacionales sobre libertad de expresión. El documento fue publicado en el portal oficial del Ministerio Público Fiscal.
La causa se originó a partir de una acción de amparo presentada por Sáenz y el coordinador administrativo del Grand Bourg, quienes denunciaron como agraviantes y ofensivas una serie de publicaciones realizadas por Luis Ángel Caro, titular del portal Noticias A, durante los meses de diciembre de 2021 y enero de 2022.
La Corte de Justicia de Salta hizo lugar a esa presentación y ordenó el cese de toda difusión considerada injuriante, además de exigir la eliminación de los contenidos ya publicados y prohibir futuras publicaciones con esas características.
Sin embargo, el dictamen de Abramovich cuestionó duramente el fallo, advirtiendo que constituye una forma de censura previa y que no analizó individualmente los contenidos impugnados. Además, remarcó que el dominio www.noticiasa.com.ar actualmente no se encuentra activo y que las publicaciones también fueron difundidas a través de una cuenta de Facebook.
El procurador reconoció que algunos textos podían resultar molestos, irónicos o incluso duros en su lenguaje, pero subrayó que abordaban temas de interés público, como el estado de salud de un gobernador en funciones o un proceso judicial que involucraba al hijo de un alto funcionario provincial. En ambos casos, señaló, se trata de asuntos con relevancia institucional y fuerte impacto social.
Respecto al contenido sobre Demitrópulos, el dictamen indicó que las expresiones —aunque ásperas— reflejaban una crítica social vinculada a un hecho trágico que había tenido una amplia cobertura mediática. Además, remarcó que no se acreditó que la información fuera falsa ni que hubiera sido difundida con “real malicia”, requisito indispensable para considerar que se afectó ilegítimamente el honor de un funcionario público.
La Procuración también criticó la ambigüedad de la sentencia salteña, al señalar que no precisó qué contenidos debían ser eliminados, sino que impuso una prohibición general a toda publicación considerada “agraviante” o “injuriante”. Para Abramovich, esto otorga un poder discrecional excesivo a los jueces y genera un efecto inhibitorio sobre el ejercicio del periodismo, especialmente en medios digitales donde la difusión es inmediata y masiva.
En conclusión, el dictamen sostuvo que la resolución judicial de la Corte salteña representa un acto de censura previa sin sustento constitucional ni jurídico. Es un duro cuestionamiento a los jueces salteños.
La información difundida por Noticias A —aunque controvertida o incómoda— se refería a figuras públicas y temas institucionales, sin que se acreditaran circunstancias excepcionales que justifiquen su restricción. Por ello, recomendó a la Corte Suprema admitir el recurso extraordinario presentado por la defensa de Caro y revocar el fallo.
“La protección de la crítica periodística, incluso cuando es áspera o incómoda, es indispensable para garantizar el debate democrático en un régimen republicano”, concluyó.
EL DICTAMEN
(tribuno)
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