La Cámara Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a una medida cautelar y ordenó al INCAA reincorporar a cinco trabajadores trans, al considerar vulnerado su derecho al trabajo y al cupo laboral establecido por ley.
La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal ordenó la reincorporación de cinco trabajadores del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), amparados por la Ley de Cupo Laboral Travesti Trans (Ley 27.636), quienes habían sido cesados en sus funciones tras la no renovación de sus contratos.
La decisión judicial, que revierte el rechazo en primera instancia, hace lugar a una medida cautelar solicitada por los trabajadores, fundada en la especial situación de vulnerabilidad estructural del colectivo LGBTIQ+ y en la violación de derechos fundamentales como el derecho al trabajo, a la identidad de género y a la no discriminación.
Los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani destacaron que la Ley de Cupo establece que al menos el 1% del personal del Estado debe estar compuesto por personas travestis, transexuales o transgénero, y subrayaron que el propio INCAA reconoció contar actualmente con solo un 0,79% de personal comprendido en ese cupo, lo cual implica un incumplimiento del mandato legal.
En su fallo, los camaristas señalaron que no se pueden soslayar las consecuencias del rechazo de la medida cautelar, “dada la naturaleza alimentaria del salario y la particular situación de vulnerabilidad” de las personas afectadas. En esa línea, resaltaron que la ley busca garantizar la igualdad real de derechos y oportunidades mediante acciones afirmativas que aseguren el acceso al empleo público para personas trans.
La resolución representa un precedente significativo en la implementación efectiva de la Ley 27.636 y en la protección de los derechos laborales de un colectivo históricamente excluido del mercado formal de trabajo.
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