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IMPUESTO AL SALARIO Los principales puntos de la reforma de Ganancias

Ayer en Diputados se aprobó las modificaciones de Ganancias que el gobierno acordó con el sindicalismo de la CGT, la oposición en el Congreso, y los gobernadores. Los puntos claves que se votaron.

23 de diciembre de 2016| Esteban Mercatante |

Después de dos semanas de arduas negociaciones, que concluyeron el pasado martes en la reunión con los gobernadores del ministro del Interior Rogelio Frigerio (acompañado del jefe de Hacienda Alfonso Prat-Gay), ayer la cámara de Diputados aprobó las modificaciones en el impuesto a las Ganancias de Cuarta Categoría, es decir el gravamen que afecta a los salarios.

En las tratativas del nuevo proyecto, el gobierno se vio obligado a abrir más la billetera, estirando el costo fiscal de las modificaciones de los 28 mil millones de pesos del proyecto oficial presentado originalmente (y derrotado frente al proyecto pactado por el Frente Renovador, Justicialistas y el Frente Para la Victoria 15 días atrás) a 33 mil millones de pesos. Con el nuevo régimen, por el cual el mínimo no imponible se eleva a 37 mil pesos brutos para los trabajadores casados con dos hijos (y 27.941 pesos para los solteros sin hijos), se estima que dejarán de pagar ganancias 400 mil asalariados, sin considerar el aumento de paritarias de 2017 que hará que una parte de los mismos vuelva a estar alcanzada por el impuesto. No obstante, podrá estimarse que una mayor cantidad de contribuyentes podrán verse beneficiados por la inclusión de viáticos, alquileres y algunos feriados entre las deducciones permitidas que benefician a algunas actividades. Esto ocurrirá también porque los jubilados tendrán un mínimo no imponible más alto.

Los principales puntos que cambian

Con el nuevo proyecto, el Mínimo no imponible tiene un incremento del 22,8 %. Está así más cerca del 15 % del proyecto original del oficialismo que del 47 % que proponía el votado por diputados de la oposición.

En la nueva normativa se pasa de 7 tramos en las alícuotas que van de 9 % a 35 % a un esquema de 9 tramos que van de 5 % a 35 %. Los primeros 20.000 pesos excedentes al año pagarán un 5 por ciento de Ganancias en vez de un 9 por ciento. Para aquellos que estén entre 20.000 y 40.000 excedentes al año, la tasa sube al 9 por ciento. El máximo se mantiene en el 35 por ciento para los que estén por encima de los 320.000 pesos.

Otros puntos que destacan son:

-  No habrá deducción del aguinaldo: la nueva reglamentación plantea que AFIP “determinará el modo de cálculo de las deducciones previstas […], a los fines de que los agentes de retención dividan el sueldo anual complementario por 12 y añadan la doceava parte de dicho emolumento a la remuneración de cada mes del año”.

-  Tanto los tramos como los montos de deducciones se actualizarán cada 1 de enero de acuerdo a la evolución del RIPTE.

-  Se autorizan deducciones por familiares a cargo: hijos, hijastros (ambos hasta los 18 años) y cónyuge.

-  Alquiler: se podrá deducir el 40 %, hasta un límite anual de 51.967 pesos, siempre que el contribuyente no sea titular de un inmueble. No hay detalles de cómo se piensa instrumentar en un mercado inmobiliario con muy bajo nivel de registración de contratos de alquiler.

-  El mínimo no imponible para jubilados será el equivalente a 6 jubilaciones mínimas. Es decir que pagaría a partir de los 34 mil pesos. El proyecto votado por la oposición proponía excluir todas las jubilaciones hasta 60 mil pesos, gravando solamente los haberes de privilegio.

-  Se establece también que aquellas personas que se desempeñen cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos, pagarán ganancias. En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación, de las Provincias y del Ministerio Público de la Nación será a partir de los designados en 2017.

-  Quedan "exentas las horas extras", por la diferencia del valor entre las horas extras y las ordinarias, sólo para los servicios prestados en días feriados, inhábiles y durante los fines de semana. Por otro lado, las correspondientes a días laborables no se consideran para determinar la alícuota máxima pero si como base imponible. Los viáticos quedan alcanzados pero con límites (se pueden deducir hasta el 40 % con un límite anual de 20.787 pesos), salvo aquellas actividades consideradas de larga distancia.

-  Se incrementan las deducciones personales en la Patagonia un 22 % por encima de las del resto del país.

La “letra chica”

Aunque las modificaciones respecto del proyecto original presentado por Cambiemos elevan el piso a partir del cual se eleva el impuesto, reafirman por un lado que para una franja importante de trabajadores seguirá habiendo “impuesto al salario” para rato. En ese sentido, a pesar de las modificaciones, está lejos de revertirse el fuerte aumento en la proporción de asalariados que pagan este impuesto que se registró en los últimos diecisiete años, período durante el cual estuvieron congeladas las escalas.

Si tenemos en cuenta que durante este período los precios acumularon un aumento de casi 2.000 % según el índice de precios al consumidor, salta a la vista lo limitado que resulta un incremento de las escalas que está entre 167 % y un 300 % en relación con las hoy vigentes. Se mantiene así el desfasaje de este esquema tributario injusto que incrementó la carga sobre una parte importante de los asalariados mientras los más ricos pagan tasas ridículamente bajas gracias a las múltiples deducciones que habilita la ley.

Asimismo, aunque se crean nuevos tramos con alícuotas intermedias, los mismos están muy juntos entre sí; un soltero que gana 30 mil pesos netos ya afronta una alícuota de 15 %. Aunque hay una diferencia considerable con la alícuota de 27 % que pagaba según la normativa ahora modificada, no deja de ser un crecimiento muy abrupto.

Como observa un estudio del Instituto de Trabajo y Economía Germán Abdala, “al generar tantos tramos juntos, en determinados rangos salariales terminan generando alícuotas marginales que incluso son mayores que las del proyecto original del gobierno. Es por este diseño que para los casos de solteros con y sin hijos (70 % del total de contribuyentes, mientras solo el 10 % son casados con 2 hijos), a partir de salarios relativamente bajos el impuesto mensual es aún superior al del proyecto original”. Lo que el gobierno cedió con el aumento del mínimo, lo recuperó moderando el cambio en las escalas.

Otros cambios impositivos

De acuerdo con lo aprobado ayer en Diputados, se crea un “impuesto específico sobre la realización de apuestas” que grava la realización de apuestas a través de máquinas electrónicas de juegos de azar, con una alícuota de 0,75 por ciento sobre la base imponible respectiva, equivalente al valor de cada apuesta. Mientras que en el caso del impuesto indirecto sobre apuestas on-line, la alícuota será del 2 por ciento sobre el valor bruto de cada apuesta. Aunque se trata de un impuesto de niveles muy bajos, para el gobierno que tiene al binguero Daniel Angelici entre sus principales apoyos (no tan) en las sombras es un trago amargo gravar a este sector. Un par de meses atrás los bingos sortearon un incremento de impuestos en la Provincia de Buenos Aires. La norma establece que el Poder Ejecutivo podrá aumentar hasta un 50 % el gravamen o dejarlo sin efecto. Las rentas derivadas de la explotación de juegos de azar tributarán hasta el 41,5 %.

También se creó el Impuesto Extraordinario a las Operaciones Financieras Especulativas (Dólar Futuro). En este caso se aplicará la tasa del 15 por ciento sobre las utilidades derivadas de “diferencias positivas de precio” por operaciones de compra y venta de contratos de futuros, no pudiendo ser deducible gasto alguno.

Finalmente, se creó también un impuesto para el pago de IVA a los extranjeros que tengan actividad en el país.

El Frente de Izquierda, por la eliminación del impuesto al salario

Los diputados del Frente de Izquierda y de los Trabajadores (FIT) Néstor Pitrola, Soledad Sosa, Pablo López, y Juan Carlos Giordano rechazaron el proyecto oficial. También se abstuvieron los legisladores puntanos Luis Lusquiños, Berta Arena y Alcira Argumedo, de Proyecto Sur. El FIT había presentado su propio dictamen que planteaba la eliminación del impuesto al salario para los trabajadores bajo convenio.

Fotografía: DyN / PABLO MOLINA

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