Es uno de los tantos efectos de la Reforma Laboral que aprobó el Gobierno vía Ley Bases. El empleador autónomo podrá contar tener hasta tres «colaboradores» sin que exista vínculo de dependencia. También existen flexibilizaciones para las personas que son contratadas. La resolución fue publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) creó el servicio denominado “Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores” (PADIC) . Allí deberán registrarse las relaciones entre los trabajadores independientes y los colaboradores independientes que se encuadren en la Reforma Laboral que Javier Milei presentó dentro de la Ley Bases.
La Resolución General 5599/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial, estableció que “las personas humanas en su rol de trabajadores independientes podrán contar con un total de hasta tres colaboradores independientes, de forma simultánea, para llevar adelante uno o más emprendimientos productivos”.
A su vez, el texto aclaró que “el colaborador independiente podrá realizar actividades de forma concurrente y tendrá la libertad de mantener simultáneamente contratos de colaboración, de trabajo o de provisión de servicios con otros contratantes”.
La plataforma requerirá que tanto los trabajadores independientes como los colaboradores estén inscriptos en el régimen general de impuestos o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), y que ambos cuenten con una Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) activa, además de tener el estado administrativo ‘Activo sin limitaciones’ en el sistema fiscal.»
Para registrar la relación laboral, los trabajadores deberán ingresar a la plataforma PADIC, disponible en el sitio web institucional, utilizando su Clave Fiscal con un nivel de seguridad. Allí, deberán crear el nuevo emprendimiento, proporcionando información relevante como el nombre del emprendimiento, fecha de inicio, domicilio de desarrollo de la actividad, y el CUIT de los colaboradores.
«Una vez efectuado el ingreso de los datos, los trabajadores independientes y sus colaboradores recibirán una notificación en su respectivo Domicilio Fiscal Electrónico, informando la identificación asignada al emprendimiento productivo en el ‘PADIC’, denominada ‘CÓDIGO PADIC’».
Una vez registrada la relación, los colaboradores tendrán un plazo para confirmar o rechazar su inclusión en el emprendimiento. Según lo establecido en la resolución, «los colaboradores independientes tendrán un plazo de SETENTA Y DOS (72) horas, contado a partir de la recepción de la notificación, para ingresar en el PADIC y confirmar o rechazar su participación en el emprendimiento productivo». En caso de no realizar ninguna acción dentro de ese plazo, el colaborador será dado de baja de la registración en el sistema.
Los trabajadores independientes y los colaboradores independientes podrán rescindir en cualquier momento el vínculo de colaboración, debiendo informarlo en el “PADIC”, ingresando al emprendimiento correspondiente y seleccionando la opción “Modificar”/“Datos de los Colaboradores” o “Rescindir”, respectivamente.
RCA también pondrá a disposición un micrositio web institucional, donde los trabajadores y colaboradores podrán acceder a las guías y materiales instructivos para completar el registro en el PADIC. Este sitio incluirá los «paso a paso» necesarios para realizar la inscripción correctamente y resolver cualquier duda sobre el procedimiento (infogremiales)
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