El jefe de Gabinete le dijo a Fantino (que le “creyó”) lo que ya había dicho en Diputados. Se ampara en el artículo 109 de la Constitución, que prohíbe al Presidente interferir en causas judiciales. Pero no sólo no es presidente, sino que ese artículo dice otra cosa y, encima, sí está obstruyendo la investigación penal. Mientras, “aloe vera” ya debe justificar al menos U$S 800 mil.
“Cualquier cosa que diga se puede tomar como que tengo la intención de obstruir a la Justicia”, le dijo Manuel Adorni en la noche del jueves a Alejandro Fantino en el programa especial que el animador y dueño de Neura armó para “humanizar” al jefe de Gabinete en medio del escándalo que lo tiene como protagonista de probables hechos de corrupción e incluso de lavado de dinero.
“No puedo porque, al estar bajo investigación judicial, cualquier cosa que yo diga se puede tomar como que tengo la intención de obstruir la justicia. Y no lo voy a hacer. Y no me importa la carnicería mediática en la que me metieron, porque no lo puedo hacer”, reiteró Adorni ante el mediático amigo personal de Javier Milei. Como en una escenografía calculada, el funcionario tenía una inusual barba de un par de días y ropa “común” que hace tiempo no viste.
Acusado penalmente de “enriquecimiento ilícito” y cada vez con menos banca dentro del propio Gabinete que tiene la función de conducir, en las dos horas y media de programa que le regaló Fantino para que dijera lo que quiera, Adorni decidió ocultar todos los detalles sobre su próxima declaración jurada. Tiene tiempo hasta el 31 de julio para informar sobre su patrimonio personal y familiar ante la Oficina Anticorrupción. Según le dijo un día antes Milei a Luis Majul y Esteban Trebucq en LN+, allí estarán las explicaciones que demostrarían su inocencia.
En concreto, por estas horas el contador público elabora con otros colegas y con abogados amigos su declaración jurada correspondiente a 2025. Allí se deberían justificar operaciones económico-financieras por un monto aproximado de U$S 800.000. A ese número se llega calculando lo que ya se comprobó que “invirtió” Adorni desde que Milei lo nombró vocero en diciembre de 2023. Se trata de viajes por el país y al exterior, adquisición y remodelación de inmuebles y deudas hipotecarias no bancarias. Todo con un sueldo que no supera los $ 3.500.000 mensuales.
El artículo 109
“Voy a hablar cuando la Justicia ya haya aclarado todo”, le dijo Adorni a Fantino intentando dar por cerrado el punto en la conversación por streaming. Tal vez confíe en que, como ha sucedido tantas veces en Argentina, el Poder Judicial tarde o temprano le dará impunidad. No parecería ser el caso, ya que la causa se tramita en el Juzgado Federal de Ariel Lijo, fuertemente enemistado con el Gobierno por su frustrada coronación como miembro de la Corte Suprema.
Para negarse a mostrar públicamente las “pruebas” de que no se enriqueció ilícitamente, el jefe de Gabinete se ampara en el artículo 109 de la Constitución Nacional. Así lo dijo el miércoles 29 de abril ante la Cámara de Diputados, cuando fue a rendir su informe de gestión. Y así se lo repitió a Fantino. Pero ése es un escudo muy fácil de perforar, ya que no aplica a su situación procesal.
¿Qué dice ese artículo de la Constitución? Que “en ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas”. Nada que ver con lo que dice Adorni. Él no sólo no es presidente, sino que explicar sus negocios de compra-venta ante la sociedad no significaría en ningún caso realizar aquello que el artículo 109 prohíbe.
La semana pasada, ante las y los diputados, él afirmó: “Les ruego, señores miembros de esta Cámara, que para no incumplir la Constitución Nacional no requieran que ningún miembro del Poder Ejecutivo Nacional se arrogue el conocimiento de causas en trámite. Serán los jueces y solo ellos quienes deberán resolver las denuncias formuladas”.
La periodista Paz Rodríguez Niell desmintió desde La Nación (medio amigo del Gobierno) al funcionario. Y lo hizo citando a constitucionalistas. Para la abogada María Angélica Gelli, el 109 busca “neutralizar todo intento de instaurar una dictadura legal mediante el empleo de detener personas” por parte del Poder Ejecutivo. El doctor Sebastián Guidi agrega que ese artículo “le impide al Ejecutivo ejercer la función jurisdiccional (es decir, en criollo, ser él quien dicte fallos decidiendo los derechos de particulares)”.
Guidi agregó que “de ningún modo puede prohibirle participar en un proceso judicial, ya que todo el tiempo el Poder Ejecutivo participa en juicios como parte (sea porque lo demandan, porque él mismo demanda, porque ejerce la querella o, como en este caso, porque uno de sus miembros es imputado). Si uno llevara el argumento del jefe de Gabinete al extremo, ni siquiera se podría defender, ya que estaría intentando influir sobre un fallo futuro”.
Queda claro. Adorni no para de mentir. Sólo resta saber si su relato plagado de baches y argumentos fake lo arma junto a sus jefes, les hemanes Milei, o también los chamuya a ellos como al resto de la población. A juzgar por la mitomanía intrínseca a la pareja presidencial, la primera opción sería la más acertada.
Cuando hizo su presentación en Diputados, Adorni escuchó en vivo y en directo cómo Myriam Bregman lo apodaba “Aloe vera”, ya que (como dice el dicho) “cada día se le descubren nuevas propiedades”. La chanza de la legisladora del PTS-Frente de Izquierda no era una “joda”, sino todo lo contrario. Fue la forma popular de decirle al funcionario que nadie le cree a sus mentiras.
En unos días, probablemente Adorni y Bregman vuelvan a cruzarse en el Congreso. Es que diputadas y diputados de diferentes bloques acaban de solicitarle al presidente de la Cámara, Martín Menem, que convoque a una sesión especial contra Adorni para el próximo jueves. El pedido lleva la firma de legisladores del Frente de Izquierda, la Coalición Cívica y Provincias Unidas. Como se informó ayer, el temario incluye cuatro proyectos de pedidos de interpelación para el jefe de Gabinete. El de la izquierda, además plantea la moción de censura contra el funcionario, tal como lo prevé el artículo 101 de la Constitución Nacional. (LID)
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