El polémico proyecto fue presentado hoy por el edil, Federico Delgado, para que sea tratado en la sesión del jueves.
Un proyecto de ordenanza para la realización del análisis clínico de rinoscopia al intendente, a todos los funcionarios de la planta política del Ejecutivo Municipal y a los concejales de San José de Metán, fue presentado hoy.
La rinoscopia es una prueba médica que sirve para diagnosticar inflamaciones del interior de las fosas nasales y determinar si el paciente ha aspirado estupefacientes.
“La iniciativa implica la realización de análisis de sangre y orina para saber si la persona consumió drogas. La sociedad metanense se encuentra vapuleada por la problemática del consumo de estupefacientes y es necesario dar respuestas legislativas que impliquen una política de estado con respecto a esta problemática”, dijo el concejal Federico Delgado, autor del polémico proyecto.
“Los políticos elegidos por el pueblo y funcionarios de la municipalidad elegidos por el pueblo tienen que dar el ejemplo y someterse al análisis que determina si son consumidores de sustancias prohibidas. De ser así que la sociedad tome conocimiento de esta situación conforme lo disponga el departamento de prensa de estas instituciones”, destacó.
Delgado sostiene que los funcionarios públicos deben dar el ejemplo en esta problemática: ”Para poder generar credibilidad ante una sociedad descreída totalmente”.
“El decoro del funcionario público para el bien de los vecinos tiene que ser el fin. No estaría bien que un funcionario con el consumo de sustancias estupefacientes fuera en esas condiciones a dirigir los destinos de nuestra sociedad. Ir hacia adelante con esta normativa es abrir una puerta para el futuro, sobre todo para demostrar transparencia, demostrar cristalinidad y coherencia”, dijo Delgado en el proyecto.
“Esta iniciativa legislativa es una cuestión de salud pública. No es bueno que un funcionario tome decisiones con alucinógenos encima que puedan repercutir en la sociedad. Es deber del Concejo Deliberante de nuestra ciudad dar el ejemplo en esta problemática y generar la legislación adecuada”, remarcó.
El análisis debe realizarse en el término de 60 días hábiles desde su incorporación al cargo o función. Para el caso de arrojar resultado positivo del análisis, se notifique al funcionario público que debe iniciar el tratamiento adecuado de manera urgente y se tomen las medidas adecuadas para el caso.
La no realización del análisis de rinoscopia en el tiempo prescripto por la presente ordenanza, será incorporada en un registro a tal efecto que será público y comunicada por los medios de prensa a la sociedad en general.(tribuno)
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