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Tiempos de hoy: Hay que privatizar la cobranza municipal? PARTE II

La “Muni” capitalina pretendería cobrar tributos del año 2001 merced cobrar tributos del año 2001 merced a la gestión de una empresa privatizada (sic). Por un monto entre 30 y 45 millones de pesos.

23 de agosto de 2007| copenoa |

Pero viendo el contexto local, la cuestión no pinta fácil para recordar así nomás, de generarse planteos legales de algún contribuyente alzado Sucede que la ley 1349 (carta orgánica de la Municipalidades) y el código tributario Municipalidad (Ord. 6330/91)
Contienen alguna “perlitas” que podrían constituirse barreras infranqueables de las voraces ansias recaudatorias de tan “magna” cobradora municipal.

Advierta Ud lector que en el capitulo IV de la ley hallanse fijadas las atribuciones del Consejo Deliberante, lo cual implica que todo decreto del Ejecutivo Municipal estará sujeto a la aprobación de aquel.

Asimismo, en materia recaudatoria estipula el Art. 30 – Cáp. V punto 7, que se ejecutaran los mismos con sujeción a Presupuestos y ordenanzas vigentes.

También, el punto 22 del articulado señala que todo contrato o trabajo con terceros, se ajustaran según las dispocisiones de la ley de contabilidad.

El punto 26 de la ley citada seria de aplicarse la mejor herramienta del control hacendal municipal.

Allí dice que los miembros del consejo deliberante, podrán investigar mediante Comisiones Especiales el estado de la Administración del Municipio, al punto que si dichos informes revelaran mal desempeño o desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones, serán causal de REMOCIÓN O DESTITUCIÓN.

Para cerrar el circuito, el articulo 24 del código tributario municipal indica taxativamente que las declaraciones juradas, comunicaciones e informes que presentan los contribuyentes, responsables o terceros, con cumplimiento de las obligaciones establecidas por este código, son de carácter SECRETO.

No rigen estas dispocisiones en caso de requerimiento del Fisco Nacional Provincial Municipal o autoridad Judicial Competente.

Esto es siempre que la información no revele datos a terceros (particulares).
Necesariamente, esta vez por circunstancias político-electorales el LORD MAYOR (En campaña por reelección) tiene hoy un dilema de hierro: Recaudar por intermedio de terceros privados violentando todo ordenamiento impositivo municipal y legislación conexa o respetar los carriles que lo jurídico legal preceptúa.

Después de todo, desde doce años a esta parte convivimos en una sociedad sin ley y justicia, de modo que cualquier SALTEÑO podría solicitar al Banco Macro le facilite a simple petición y en el acto, detalle de las RENTAS y PATRIMONIOS de los Ricos de Salta, que incluya al Vicegober y Gobernador de la Provincia.

Ud. Piensa que le van a responder con el remanido y útil SECRETO BANCARIO?

Tiene Ud. Razón, cualquier Banco o entidad financiera se reserva el derecho que nunca tuvo, a pedirle y mantener su información personal y patrimonial, pero si le niega información propia por sobre la voluntad y derechos esenciales de los ciudadanos. Pero esto es otra historia. La paradoja es que por estas horas el Intendente de Salta busca se le autorice un Préstamo Bancario por unos 35 millones de pesos, más los leoninos intereses bancarios que se pactarán.

Dicen que será para la construcción del Centro Cívico Municipal. No será que el Municipio de una buena vez tendrá que aprender a cobrar tributos de acuerdo a la ley y endeudarse con criterio y responsabilidad social?

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