A través de una modificación en el cepo cambiario, el Central autorizó que los pagos de la deuda emitida con títulos del Tesoro Nacional sean transferidos a cuentas del exterior, evitando caer en “default técnico”.
El Banco Central liberó el pago de dólares de los de títulos del Tesoro Nacional en moneda extranjera con legislación Argentina y que están en manos de inversores extranjeros con cuentas en el exterior.
El Directorio del BCRA lo dispuso en la Comunicación "A" 6782 en el que detalla que "lo establecido en el punto 15 de la Comunicación "A" 6770 (cepo cambiario) no resulta de aplicación a las centrales locales de depósito colectivo de valores por los fondos percibidos en moneda extranjera por los servicios de capital y renta de títulos del Tesoro Nacional, que sean retransferidos al exterior como parte del proceso de pago a solicitud de las centrales de depósito".
La medida alcanza al pago de cupones o vencimientos a término de dichos instrumentos. Se trata del caso de pagos de Letras del tesoro (Letes) u otros bonos emitidos por el Tesoro Nacional.
Esta medida no incluye a los pagos de las colocaciones de las provincias y de las obligaciones negociables de las compañías privadas, que no podrán girar dólares al exterior o comprar para atesoramiento.
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