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No a la retroactividad: La Cámara alta aprobó con reformas el proyecto de extinción de dominio

El bloque Justicialista logró imponer su propuesta con acompañamiento del Frente para la Victoria-PJ y otros bloques. La iniciativa vuelve a Diputados

23 de agosto de 2018

El Senado de la Nación aprobó el proyecto de extinción de dominio con las reformas propuestas por el bloque Justicialista, por 40 votos a favor y 26 en contra.

El debate se manifestó en las diferencias en la aplicación de la retroactividad de la norma, entre el PJ y Cambiemos sobre en la extinción de dominio ( instrumento legal que permite al Estado recuperar los bienes de origen ilícito del narcotráfico y la corrupción, entre otros delitos complejos).

A propuesta del senador Miguel Pichetto, el proyecto se votó en general y particular. “No hubo dos tercios”, se aclaró enfáticamente al cabo de la votación, un detalle clave para tener en cuenta lo que puede pasar ahora en la Cámara baja, a la que pasa el proyecto ahora, y donde los diputados no necesitan una mayoría especial para ratificar su propuesta original.

El debate se había iniciado tras haber autorizado el cuerpo los allanamientos a las propiedades de Cristina Kirchner. El proyecto de ley de extinción de dominio apunta a que el Estado pueda recuperar los bienes que son producto del delito.

El proyecto del interbloque Argentina Federal define la extinción de dominio como una acción civil anclada en el proceso penal, habilitada para delitos como narcotráfico, terrorismo, trata de personas y corrupción.

“Es necesario avanzar y lograr entregarle a la Justicia y a las fuerzas de seguridad distintas herramientas que les permitan cada vez más y de mejor manera perseguir al crimen organizado”, arrancó el presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, Pedro Guastavino.

El senador del bloque Justicialista advirtió que “los juristas más destacados” calificaron el proyecto aprobado en la Cámara de Diputados como “un adefesio y un mamarracho de dudosa constitucionalidad”.

A su vez, el salteño Rodolfo Urtubey -autor de la propuesta de Argentina Federal- explicó que la figura del decomiso, contemplada actualmente en el Código Penal, “es casi lo mismo” a la extinción de dominio “pero inadecuada para lograr una respuesta que la sociedad pide en términos de recupero de bienes, porque es una pena accesoria”.

“Esto es una acción civil. Son los jueces los que tienen que determinar la interpretación de la naturaleza de la acción civil: si puede o no aplicarse en un proceso en trámite”, puntualizó Urtubey sobre la retroactividad de la extinción de dominio.

A su turno, Federico Pinedo, impulsor del segundo proyecto en discusión, aclaró que se propone que el Estado “recupere para sí bienes del delito grave, no de cualquier delito”, y consideró que “el proceso tiene que ser rápido, tiene que ser expeditivo, tiene que resguardar el debido proceso, y tiene que aplicarse a los delitos que se han cometido en el pasado y a los que se cometan en el futuro”.

María de los Ángeles Sacnun (Frente para la Victoria-PJ) coincidió en que “avanzar en el proyecto tal como viene de la Cámara de Diputados es, sin lugar a dudas, conculcar los principios constitucionales del debido proceso, de las garantías constitucionales y del principio de inocencia”.

Sobre el final el debate adelantó drásticamente los tiempos, al bajarse de los discursos de cierre los senadores Fernando “Pino” Solanas, Adolfo Rodríguez Saá y Cristina Fernández de Kirchner. A su turno, Miguel Pichetto defendió el dictamen de mayoría señalando que “no puede haber extinción de dominio si no hay condena”. Aseguró que “estamos votando un instrumento para los tiempos, no para la coyuntura, no para la demagogia punitiva; algo que soporte el rigor de la constitucionalidad en la Argentina”.

Cerró el debate la senadora radical Pamela Verasay, que defendió el proyecto propuesto por el oficialismo recordando “cuántas veces fuimos testigos de delincuentes que aun cumpliendo penas después gozaron de beneficios millonarios de esos bienes mal habidos que el Estado luego no pudo recuperar”.

A la hora de las diferencias con los otros proyectos, destacó la retroactividad. “Estos activos deben ser devueltos a la sociedad aun cuando hayan sido adquiridos con anterioridad a la sanción de esta ley”, sostuvo la legisladora mendocina.

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