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47 años desde el golpe genocida. Cuáles son las leyes de la dictadura que ningún gobierno derogó

El golpe genocida fue la política que el imperialismo y el empresariado llevaron adelante para liquidar el ascenso obrero y popular que había comenzado años atrás, en 1969 con el Cordobazo. Para ello, no se valió solo de la represión y el terror generalizados, los secuestros, las torturas y desapariciones. Hacía falta un compendio de leyes que dieran cobertura a la entrega, el saqueo, además del tratamiento penal a la juventud, o el sostén estatal al Clero católico, entre otros aspectos.

24 de marzo de 2023

Con ese objetivo, mientras echaba por tierra la Constitución Nacional, Videla y la junta militar crearon un órgano específico para tal fin compuesto íntegramente por oficiales de las tres armas: la Comisión de Asesoramiento Legislativo (CAL).

Bajo ese régimen, los militares sancionaron más de 1.700 leyes nacionales y 18.000 decretos. Perduran 417 de ellos, que aún, nada más y nada menos, rigen la economía del país y la vida cotidiana de millones de personas, pero afectan sobre todo al pueblo trabajador.

417 leyes y decretos que ningún gobierno derogó, incluyendo al kirchnerismo. Un ejemplo de cómo caen los relatos y la autoproclamación de defensores de “los derechos humanos”.

Vale una importante aclaración que se menciona en la página web www.lasleyesdeladictadura.com.ar: Si bien es enorme la injerencia que tuvo la última dictadura en la legislación actual, el armazón legislativo heredado de los gobiernos dictatoriales es aún más importante si se suman todas las leyes aprobadas por dictaduras en el siglo XX y que hoy siguen vigentes. Éstas totalizan 998 sobre las 4.449 que integran el digesto jurídico y regulan nuestro comportamiento en sociedad. Es decir, casi una de cada cuatro.

La única dictadura de la que no han quedado leyes vigentes es la de José Uriburu (1930-1932). Luego, en orden cronológico, quedan 60 leyes de la llamada Revolución del 43 (1943-1946). Unas 86 de la autodenominada Revolución Libertadora (1955-1958) y 435 de las dictaduras de Onganía, Levingston y Lanusse (1966-1973).

Ley de entidades financieras, al servicio de banqueros y buitres

Con la Ley 21.526 de Entidades Financieras la dictadura impuso un giro abrupto en el sistema económico y financiero nacional en 1977. el proyecto ideado por banqueros, empresarios y militares fue impulsado por el representante de las patronales, el ministro de Economía Martínez de Hoz.

La ley desregularizó la actividad bancaria, descentralizando los depósitos y liberando las tasas de interés. Se favorecieron de este modo los negocios especulativos y la actividad productiva cayó exponencialmente mientras que los niveles de concentración y de ganancias para el sector financiero fueron extraordinarios.

"Esto es un cambio de estructura de las instituciones financieras, una pequeña revolución que va mucho más lejos de lo que la gente ve. Los vamos a cambiar a todos y a cambiar la mentalidad, que es lo importante", decía el propio Martínez de Hoz en ese momento.

De la mano de la Ley de Entidades Financieras, se había promulgado en 1976 el Decreto Ley 21.382 de Inversiones Extranjeras, también aún vigente. Vino a reemplazar la Ley de Radicaciones Extranjeras (Ley 20.557), de modo que la norma de la dictadura anuló un importante número de regulaciones sobre los capitales extranjeros que ingresaban al país, con lo que la extranjerización de las empresas y la dependencia del país con el imperialismo pegó un salgo inaudito. Se incluía una cláusula por la que cualquier capital internacional gozaría de los mismos beneficios que el capital local. Se eliminaron las restricciones al capital extranjero de instalarse en sectores económicos y áreas geográficas consideradas sensibles a la seguridad nacional. Para ceder más negocios al imperialismo se incluyó una cláusula por la que cualquier capital internacional gozaría de los mismos beneficios que el capital local. Fueron eliminados también requisitos ambientales y sociales, así como de contratación de mano de obra nacional, y transferencia de tecnología.

47 años después, estas leyes no perdieron actualidad y continuaron regulando nuestra economía. Dos tercios de las principales 500 empresas del país son extranjeras. Las 500 empresas más grandes de argentina concentraron casi el 70% de las exportaciones nacionales. Chevron, Kraft/Mondelez, Ford, Lear, Barrick Gold siguen amasando fortunas y mandando sus remesas a sus casas matrices gracias a que ningún gobierno modificó estas dos leyes clave de la dictadura genocida.

Ley Penal de Minoridad para criminalizar a la juventud
El Régimen Penal de la Minoridad (ley 22.278 de agosto de 1980), rige la aplicación del Código Penal a los menores de edad en conflicto con la ley. Determina la edad de punibilidad y otorga a los jueces la posibilidad de disponer tutelarmente de los menores y de dictar penas equivalentes a las de los adultos, contrariando el derecho internacional vinculado a los adolescentes. Se estableció que un niño era punible a los 14 años, luego, en 1983 todavía en dictadura, se volvió a establecer a los 16 años. Pero la modificación no cambió el espíritu del régimen. Cuatro décadas después, el documento firmado por Videla y Rodríguez Varela continúa rigiendo a los menores en conflicto con la ley.

Habilita que los jueces dispongan de los menores, en caso de considerar que se encuentran en “situación de abandono o peligro”. Así se perpetúa un sistema perverso que mantiene prisioneros, y sujetos no solo a todo tipo de vejaciones y violaciones a las elementales libertades a chicos y chicas de menos de 16 años, sino a asesinatos dentro de los lugares de encierro, pasando por encima de normas internacionales que prohíben la privación de libertad de los menores. Siempre son las y los niños y jóvenes pobres quienes padecen las consecuencias de esta ley de la dictadura. Todas las modificaciones que se intentaron, tanto desde el arco oficialista como opositor, tendieron a reforzar el punitivismo y la criminalización.

Ley Para el Personal de la Policía Federal: avalar detenciones arbitrarias y causas armadas

Con la firma de Jorge Rafael Videla y del ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz, la ley 21.965 fue sancionada el 27 de marzo de 1979. Aunque algunos artículos fueron modificados, lo esencial de la ley sigue vigente.

Es importante señalar que las leyes que conforman la “columna vertebral” de la Policía y regulan su funcionamiento, tienen su origen en dictaduras militares. Además de la citada Ley Para el Personal de la Policía Federal del 79, la ley Orgánica para la Policía Federal es, en los hechos, el decreto 333 de enero de 1958, firmada por el dictador Teniente General Pedro Eugenio Aramburu. En la ley y en los hechos, la Policía mantiene una estructura heredada de dictaduras. sus

Nos referimos a las prácticas habituales como las detenciones arbitrarias, por ejemplo bajo el ampara de la temible “averiguación de antecedentes” como al armado de causas, el invento de delitos y la manipulación y “plantado” de pruebas. Las víctimas, en su inmensa mayoría son jóvenes pobres.

El caso de Walter Bulacio, que murió por las torturas luego de ser detenido en una razzia después de un recital de los Redondos en las cercanías del Club Obras Sanitarias, es el brutal ejemplo de esto: puso “en primera plana las razzias, el sistema de detenciones arbitrarias y, muy particularmente, la forma en que estas herramientas represivas se aplican sobre niños, niñas y adolescentes”, tal como lo señaló María del Carmen Verdú, referente de Correpi en abril de 2019 en la Cámara de Diputados en el marco del debate sobre la reforma del Régimen Penal Juvenil (debate que por cierto no prosperó).

La abogada, representante de la familia de Walter, señaló en esa oportunidad que “La respuesta que dio esta casa frente a ese reclamo fue formal e insuficiente. Apenas una tibia reforma a través de la Ley 23.950, la herramienta específica de la averiguación de antecedentes sin tocar los códigos de faltas ni los códigos contravencionales ni los edictos policiales, todavía vigentes en aquel momento en la Ciudad de Buenos Aires, hoy Código Contravencional de la Ciudad”.

La ley 23.950 modifica el tiempo que una persona puede estar detenida por averiguación de antecedentes y lo “reduce” a 10 horas y no pueden tener a la persona detenida incomunicada. Sabemos que en la práctica nada de esto sucede.

Una vez más, no solo ningún gobierno modificó estas leyes, ni en la ley ni en la práctica, sino que al día de hoy sigue sin cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Bulacio que condenó al Estado argentino a derogar, “sin vueltas, sin matices, sin medias tintas todo el sistema de detenciones arbitrarias, con particular énfasis además en la situación de los niños, niñas y adolescentes”.

Iglesia y Estado, una relación sellada por leyes de Videla y cía

La jerarquía Iglesia Católica cumplió un papel fundamental durante el terrorismo de Estado. No solo bendijo el accionar genocida de la dictadura, sino que participó directamente en centros clandestinos de detención, sacando “confesiones” a quienes estaban secuestrados. Fue partícipe del secuestro y apropiación de bebés de mujeres secuestradas, y delató a sus propios miembros cuando los consideraba “rebeldes”, por solo mencionar algunos ejemplos de su accionar.

Estos favores fueron bien remunerados. El sostén económico de la curia por parte del Estado está garantizado por leyes sancionadas durante la dictadura y que no fueron modificadas.

En esta nota te contamos en detalles cómo sueldos, jubilaciones especiales, subsidios por zona desfavorable, pasajes gratuitos conformar un tejido gracias al que la Iglesia Católica se sostiene y enriquece parasitando al Estado gracias a una vasta normativa de la dictadura genocida.

Inteligencia ilegal, Américo Balbuena es un botón de prueba

El cuerpo de espías que integra Américo Balbuena -Cuerpo de Informaciones de la Policía Federal Argentina- apela para su funcionamiento al Decreto-Ley 9.021/63 (durante el gobierno golpista de José María Guido) que instituye la "Orgánica del Cuerpo de Informaciones de la Policía Federal Argentina’" y su reglamentación aprobada por el Decreto 2.322/67, durante el gobierno de facto de Juan Carlos Onganía.

Conforman un organismo especial de la Policía Federal que funciona como una estructura paralela y con unos mil agentes asignados. Desde ese entonces, tanto en dictadura como los gobiernos constitucionales han mantenido esta esta estructura, sin derogar ninguno de los decretos que le dieron origen. Incluso, a pensar de que la actividad desarrollada por estos espías viola expresamente la Ley 25.520 en sus arts. 2°, 3° y 4°; el decreto que usan como basamento para su funcionamiento está expresamente derogado por el art. 52 de esa ley pues deja sin efecto "toda norma de carácter público, reservado, secreto, publicada o no publicada que se oponga a la presente ley".

El Frente de Izquierda ha presentado proyectos de ley para que sean derogados, pero tanto el macrismo como los gobiernos kirchneristas han decidido mirar para otro lado y mantener este cuerpo de espías que atenta contra organizaciones sociales, políticas y de trabajadores.

Myriam Bregman, autora de la iniciativa que también lleva la firma de los diputados Nicolás del Caño, Alejandro Vilca y Romina del Pla, señaló que "nos proponemos terminar con toda normativa secreta heredada de dictaduras pasadas pero que conservan su vigencia y, lo que es más grave, que permiten que continúen funcionando los organismos cuyo fin exclusivo es el espionaje político".

Matías Aufieri, Liliana Mazea y Carlos Platkowski, abogados del CeProDH querellantes contra Balbuena también lo han denunciado y exigen su derogación.

Un motivo más para movilizarnosd de manera iindependiente este 24 de marzo, contra el andamiaje legal que impuso la dictadura y se mantiene hasta hoy. (LID) Por Gloria Pagés

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Diario de la criminalización de la protesta social en Salta - Marco Diaz Muñoz

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