El primer derecho de los pueblos es a luchar por conquistar derechos; reprimirlo es violar los derechos humanos en tiempo presente.
“Decreto 1066 de 1983. 1) Que la Constitución Política del Estado, en su artículo 19, N° 13, asegura a todas las personas, el derecho a reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas… 3) - Que el ejercicio de estos derechos tiene por límite el resguardo de un tercero y su uso no puede llegar hasta lesionar la libertad de otra persona o la conveniencia de la (...)