Un somero análisis de los grandes lineamientos de la reforma permite afirmar que:
1ro. No es compatible con la Constitución Nacional, que en su artículo 116 atribuye al Poder Judicial (a sus jueces; artículo 108 de la misma Constitución) el “conocimiento y la decisión” en todas las causas criminales, con la sola excepción de la terminación de ellas por jurados, cuando estos se establezcan en la República.
2do. Desde 1994, el Ministerio Público nacional ha quedado tajantemente separado (…)