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Servicio doméstico: nueva forma de pago de obligaciones

ARCA habilitó una herramienta para la cancelación de obligaciones

14 de julio

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el débito automático para el pago de aportes y contribuciones a la seguridad social de empleadores de Casas Particulares.

La medida se estableció mediante la Resolución General N° 5723/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, y estará operativa desde mañana.

Este beneficio permitirá que el empleador no gestione el pago mes a mes, sino que con una única gestión de adhesión, el pago se debite en forma automática.

El objetivo es facilitar el pago oportuno para la cobertura de los trabajadores a lo largo de la relación laboral.

La decisión alcanzará aproximadamente a 450.000 empleadores que registran sus pagos mensualmente ante el organismo.

La opción estará disponible para el pago mensual de las contribuciones y aportes patronales, la cuota correspondiente a la Obra Social y a la Aseguradora del Riesgo del Trabajo (ART).

Actualmente, los pagos se realizan de forma presencial mediante el formulario 102/RT o por vía electrónica a través de billeteras virtuales, QR, Homebanking y tarjeta de crédito, previa generación del Volante Electrónico de Pago (VEP).

Cualquiera de estas modalidades implica que el contribuyente deba ingresar cada mes para saldar las sumas previsionales de los trabajadores de Casas Particulares.

La nueva opción de débito automático, mediante una única acción, asegura el cumplimiento puntual y constante de las obligaciones laborales durante toda la relación laboral, evitando omisiones y reduciendo retrasos involuntarios en los pagos a la seguridad social.

Para adherir el pago de los aportes y contribuciones al débito directo en cuenta bancaria, se deberán seguir los siguientes pasos:

1. Acceder al portal de ARCA www.arca.gob.ar con CUIL/CUIT y Clave Fiscal.

2. Ingresar al Registro Especial del Personal de Casas Particulares.

3. Verificar dentro del menú de “Trabajadores” la pantalla de “Trabajadores a cargo”.

4. Hacer click en el botón “Adherir al débito automático”.

5. Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) deseada de las previamente cargadas, la que deberá ser de titularidad del empleador.

6. Si se requiere agregar una nueva CBU, el sistema redireccionará al servicio “Declaración de CBU”.

En tanto, para realizar la adhesión por tarjeta de crédito, el trámite deberá ser llevado a cabo a través de la administradora.

El contribuyente verá reflejada la operación en el siguiente resumen.

Previo a acceder al nuevo mecanismo de débito automático, el empleador deberá asegurarse de tener la información actualizada en el registro, tales como la condición del empleado, la cantidad de horas semanales de la relación laboral y la CBU de donde se realizará el débito.

ARCA, si detecta por información propia o de terceros datos desactualizados en el Registro, podrá modificarlos de oficio, identificando los mismos con una marca en el Registro.

Dentro del Registro Especial del Personal de Casas Particulares, el contribuyente podrá visualizar si efectivamente se concretó el pago, así como si hubo algún tipo de rechazo en el intento de débito, como por falta de fondos o cierre de la cuenta.

Para las adhesiones realizadas hasta el último día de cada mes, la obligación se debitará con vencimiento el día 10 del mes siguiente.

Por ejemplo, si la adhesión al débito automático se realiza el día 15 de julio de 2025, el primer débito corresponderá al período devengado en julio con vencimiento el 11 de agosto de 2025.

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