Ahora se deberá dictar una nueva sentencia en una causa donde había sido absuelto
La Corte Suprema de la Nación rechazó por inadmisible un planteo del ex juez federal de Orán Raúl Juan Reynoso, condenado a 13 años de prisión por los delitos de prevaricato y concusión cuando sustanciaba causas contra el narcotráfico, y se deberá dictar una nueva sentencia en otro caso en donde el ex magistrado había sido absuelto.
Todo comenzó en 2016 cuando el exmagistrado del Juzgado de San Ramón de la Nueva Orán renunció a su cargo frente a un inminente jury y fue detenido por efectivos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria y de Gendarmería Nacional tras conocerse una nota periodística, la cual informaba sobre pedidos de coima en la provincia de Salta, más precisamente en esa localidad, con complicidad de funcionarios del Juzgado Federal N° 2. En otra nota publicada en la edición digital de Radio A 92.3 un abogado denunció que en el juzgado “se vende la libertad a los presos por narcotráfico, trata de personas o tráfico de divisas, y que existe un grupo de abogados que apañan este delito, actuando como mediadores en el trato económico entre el juez y los delincuentes”.
Reynoso fue condenado a la pena de 13 años de prisión efectiva, por el Tribunal Oral Federal 1 de Salta, por favorecer con resoluciones judiciales a narcotraficantes. Los jueces Federico Díaz, Carlos Jiménez Montilla y Gabriel Casas consideraron al ex magistrado “autor del delito de concusión en siete hechos, en concurso ideal con la autoría del delito de prevaricato en seis hechos”.
Según la investigación, el ex juez seleccionó para trabajar en su juzgado a varias personas con quienes tenía estrechos vínculos de amistad. Estos empleados junto a un grupo de cuatro abogados, con los que también tenía una relación de mucha confianza, seleccionaban y captaban los casos en los que podían obtener algún rédito económico. Una vez elegidas las causas, se ponían en contacto con los detenidos o sus familiares y les exigían un monto de dinero que normalmente oscilaba en alrededor de $ 500.000 a cambio de dejarlos en libertad.
Esta modalidad implicaba más de una vez “deslizar” algún error en los fallos que -en caso de ser advertido- el juez se lo atribuía a la “descomunal carga de trabajo”. De acuerdo con lo indicado en la causa esta pantalla defensiva fue utilizada por Reynoso en forma sistemática.
Luego y en un segundo juicio, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de Salta lo absolvió por el beneficio de la duda por los delitos de prevaricato, cohecho pasivo en concurso con falsedad material e ideológica de documento público y concusión.
En julio de 2021, la la Sala IV de la Cámara de Casación, integrada por Mariano Borinsky, Angela Ledesma y Javier Carbajo, decidió anular el fallo y ordenó reenviar la causa al tribunal de origen para que dicte una nueva sentencia.
Es que el Ministerio Público Fiscal aseguró que se trataba de una absolución “arbitraria”, por no haberse valorado íntegramente la prueba válidamente introducida al juicio y por haberse omitido la ponderación de prueba de indiciaria en el examen del caso. Tras la resolución de Casación, dos de los magistrados se inhibieron de intervenir.
La defensora oficial del exjuez llegó al Máximo Tribunal en queja pidiendo reponer a jueces que integraban el tribunal oral que, en un primer juicio, había absuelto al ex magistrado diciendo que se violaba la garantía del juez natural. Sin embargo, los supremos Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el recurso extraordinario por inadmisible. (Diario Judicial)
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