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La reforma de la Ley de Defensa del Consumidor o el avance de la regulación social

“Nos encontramos en pleno proceso de construcción de un Estado moderno, inteligente, regulador y promotor de un progreso igualitario” (Dr. Juan Manuel Urtubey, mensaje a la Legislatura de la Provincia, Abril de 2008). Las palabras de nuestro Gobernador disparan una serie de reflexiones que motivan las líneas que siguen.

13 de mayo de 2008| copenoa |

En efecto, resulta trascendente comprender los tiempos en que vivimos, en donde la regulación estatal pretende recobrar su espacio natural en la agenda pública.

A no dudarlo, ello solo es posible en la medida que exista fuerte convicción y decisión política en dicho sentido.

Así, en materia de prestación de servicios públicos en nuestra provincia – a partir de la impronta generada por el Dr. Urtubey- se definió una política pública de regulación que trasciende los aspectos meramente económicos para dar lugar a las modernas tendencias regulatorias sociales.

En efecto, mientras que la regulación económica centra su análisis e impacto en los modelos de mercado en que los prestadores de servicios se desarrollan (vbg. monopolios naturales) y en el poder que estos detentan en función de dicha configuración, la regulación de tipo social tiende a concentrarse – básicamente- en aquellas fallas de mercado que inciden directamente sobre sus usuarios.

En este sentido, dicha regulación pretende articular acciones que tengan por objeto suplir problemas de acceso a la información por parte de los usuarios, la necesidad de materializar la premisa constitucional que indica el trato equitativo y digno y su reciprocidad (art. 42 C.N.) y la protección respecto de externalidades que afectan a terceros (bystander) que no han sido parte de la denominada “relación de consumo”, con efectos negativos sobre la mismos.

En esta línea de análisis debe involucrarse la reciente reforma de la Ley de Defensa del Consumidor, que entre sus novedades relevantes prescribe el fin de la supletoriedad de dicha norma en relación a la normativa especifica en materia de prestación de servicios públicos (marcos regulatorios y contractuales). En otras palabras, la aplicación de la nueva Ley Nº 24.240 lo es en forma integrada y complementaria con la normativa específica, debiéndose – en caso de duda- optarse por la norma más favorable al usuario.

Se sostiene fundadamente que el Estado Liberal de los años noventa – privatizador y desregulador- deja paso al Estado Social, garante de la función social de la regulación.

Con lo expuesto, sostenemos que el avance en materia de regulación social en la prestación de servicios públicos es concreto, sin perjuicio del necesario debate que debe generarse en virtud de la implementación de la nueva norma y los actores involucrados (en la especie, entes reguladores y autoridades de aplicación de la Ley Nº 24.240).

La regulación estatal – en su faceta económica y social- es ahora una política de Estado en la Provincia de Salta.

Sin duda, un cambio estructural que merece ser conocido, comprendido y considerado como uno de los grandes contrastes con la anterior gestión.

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