En tiempos de crisis y pandemia golpeando a los sectores más pobres, 2000 empresas declararon crisis para pagar salarios. El gobierno de Alberto Fernández les dio esta ayuda económica. Las empresas que recibieron el ATP y compraron dólares deberán devolver el subsidio al Estado.
El cruce de información de las empresas destinatarias del ATP empezó hace varios meses y las primeras notificaciones de la AFIP llegaron en enero a unas 3500 compañías. Las empresas informadas tenían que presentar un descargo ante el organismo. Luego de ese proceso, llegarán los pedidos definitivos de devolución a 2000 firmas.
La AFIP había empezado a enviar las notificaciones en enero y hoy 28 de julio fijó definitivamente el mecanismo para que 2000 empresas que incumplieron con las condiciones del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) devuelvan el dinero que recibieron del Estado para el pago de salarios.
A través de la Resolución General 5035/2021 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Ingresos Públicos ( AFIP) estableció las condiciones dispuestas para la devolución de la ayuda salarial que recibieron las empresas como parte del programa ATP por haber incumplido algunas de las condiciones para acceder al beneficio, como la compra de dólares o distribución utilidades, entre los más destacados por el organismo.
“Los procedimientos de control realizados a partir de distintas fuentes de información provistas por el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores permitieron determinar la caducidad del beneficio para unos 2000 empleadores. Las firmas serán notificadas por el organismo para reintegrar los recursos y podrán hacerlo a través de un plan de pagos”, afirmó la AFIP.
Entre los requisitos que las compañías destinatarias del ATP debían cumplir hasta 12 meses después de recibir el subsidio, los más importantes eran lo siguientes:
Prohibición de operar en el mercado de cambios oficial (salvo para pagar importaciones) y dólar financiero.
Imposibilidad de distribuir dividendos y recomprar acciones.
No realizar pagos a sujetos que residan en algún país de nula o baja tributación.
Con la firma de Mercedes Marcó del Pont, la medida dispuso las condiciones para el reintegro del salario complementario para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, que se creó a los efectos de "atenuar el impacto negativo de la disminución de la actividad productiva como consecuencia de las medidas de aislamiento y distanciamiento" fijadas por la pandemia del coronavirus. (LID)
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