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Informe de IDESA: "Lo máximo que puede cobrar un jubilado es $113 mil, pero Boudou percibirá entre $300 y $400 mil"

Un reciente informe del Instituto para el Desarrollo Social Argentino describe las desigualdades que existen en el país. Acceda a las conclusiones.

22 de junio de 2020

Desde que se conoció que el ex vicepresidente, Amado Boudou, tiene derecho a percibir la pensión vitalicia por el cargo que ejerció y que puede rondar entre $300 y $400 mil por mes, se generó un fuerte debate y polémica sobre el tema.

Un reciente informe del Instituto para el Desarrollo Social Argentino (IDESA) describe las desigualdades que existen en el país -dictadas por ley- y además, señalan que de 5.7 millones de jubilados, sólo 57 mil superan el haber máximo, que está fijado actualmente en $113 mil pesos. Un monto muy inferior al que recibirá Amado Boudou.

En efecto, la Justicia ordenó que le devuelvan la pensión vitalicia de vicepresidente a Amado Boudou. El procurador general del Tesoro, Carlos Zannini, sostuvo que es "nula" una resolución de la ex titular de la Oficina Anticorrupción, Laura Alonso, que frenó el pago, aun cuando Boudou está condenado por corrupción.

Desde IDESA señalaron que el haber máximo que puede cobrar un jubilado es de $113 mi y sólo lo cobra un mínimo porcentaje del gigantesco universo de jubilados que tiene la Argentina, demostrando así, según el instituto, las desigualdades y privilegios que tiene la dirigencia política y judicial del país.

"Se abrió la posibilidad de que el ex vicepresidente Boudou reciba una jubilación del Estado cuyo monto, según trascendidos, rondaría entre los $300 mil y $400 mil mensuales. La norma que avala este otorgamiento es la Ley 24.018 que establece que los presidentes, vicepresidentes y jueces de la Corte Suprema pueden acceder a una pensión vitalicia cuando cesan en sus funciones", explican desde IDESA.

Asimismo, alegan que el tema es polémico, por lo menos, porque la ley 24.018 establece que la jubilación no les corresponde a los funcionarios que, previo juicio político, hayan sido removidos por mal desempeño de sus funciones.

"Como el ex vicepresidente tiene causas penales y fue inhabilitado para el ejercicio de la función pública, algunos interpretan que no debería otorgarse. El otro punto polémico es el monto del haber que resulta muy superior al haber máximo que expresamente contempla la ley, actualmente fijado en $113 mil", detallan desde Idesa.

Del mismo modo, los expertos cuestionan a la ANSES, y preguntan cuán frecuente son estas excepciones.

Según información publicada por la ANSES, de los 5,7 millones de jubilados y pensionados del sistema nacional, hay 57 mil que superan el haber máximo.

Este grupo de personas se compone de la siguiente manera:

El 63% o sea 36 mil personas reciben sólo una jubilación o una pensión.
El 30% o sea 17 mil personas reciben 2 beneficios conformados por una jubilación propia y una pensión derivada por fallecimiento del cónyuge.
El 7% o sea 4 mil personas obtuvieron el beneficio a través de las moratorias.
"Estos datos testimonian las injusticias que se generan como consecuencia del mal diseño de las normas previsionales. Dentro de la compleja maraña regulatoria se filtran privilegios que permiten acceder a haberes muy superiores a los que la propia norma fija como máximo", consideran.

Y agregan: "También se permite cobrar altos haberes a través de la duplicación de beneficios o utilizando las moratorias, es decir, sin haber cumplido con un mínimo de aportes".

El informe explica que establecer un máximo, tanto para la remuneración sujeta a aportes como para los haberes, "es una regla que adoptan los sistemas previsionales bien organizados".

"Se asume que el Estado tiene que garantizar, a quienes tienen ingresos bajos y medios, un haber que guarde una razonable proporcionalidad con los ingresos de la vida activa. Pero no se considera que existan razones para que el Estado se involucre en garantizar ingresos que vayan más allá de esos niveles", detallan.

Y consideran: "Resulta impropio de un sistema solidario que se asignen recursos para financiar altas jubilaciones a personas de altos ingresos".

En ese sentido, compararon las formas que aplica Argentina, y hacen gran diferencia con cómo actúa el sistema uruguayo: "El monto que se cobra por encima del haber máximo es proporcional al esfuerzo de ahorros hechos en la vida activa y bajo ningún pretexto se usan fondos del régimen general para financiar jubilaciones superiores al máximo. Esta es la lógica, por ejemplo, del sistema previsional mixto de Uruguay".

Y agregan: "De esta forma, quienes obtienen altas jubilaciones es porque ahorraron durante su vida activa y no por un privilegio legal como ocurre en la Argentina".

"Resulta muy sugerente que quien fue el principal impulsor de la eliminación del régimen de capitalización en la Argentina, argumentando en ese momento la Justicia Social, sea ahora quien acceda a una irritante jubilación de privilegio", sentenciaron desde Idesa. (IProfesional)

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