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La deuda con el FMI pone en riesgo los recursos naturales de la Argentina

En diálogo con Radio Prensa de Tucumán, el abogado Eduardo Barcesat denunció que las riquezas y recursos naturales de nuestro país podrían quedar a merced de la deuda pública y del desmanejo económico incurrido por el Gobierno de Mauricio Macri.

26 de agosto de 2019

Según denunció el abogado constitucionalista y férreo defensor de los Derechos Humanos, en los decretos de contratación de deuda, que por su extensión no aparecen publicados en el boletín oficial sino en la página web, se renuncia a la inmunidad soberana del Estado respecto de los bienes del art. 236 del Código Civil y Comercial de la Nación, poniendo al conjunto de las riquezas y recursos naturales existentes en el territorio de la Nación Argentina, y las empresas de capital estatal, nacionales, provinciales o municipales, como garantía de repago de la deuda pública.

¿Qué significa esto? Que se ha hipotecado las riquezas y recursos naturales del país, explica Barcesat. Es decir, que si la Argentina ingresa en default deberá someterse a los tribunales arbitrales de Nueva York (Estados Unidos), Londrés (Reino Unido) y Suiza y, de ser necesario, tendrá que rematar los recursos naturales para cumplir con sus compromisos financieros con los acreedores.

Según el convencional, esta maniobra es “brutalmente inconstitucional”, ya que de acuerdo al artículo Nº 124 de nuestra Constitución Nacional, las provincias tienen el dominio originario de los recursos naturales ubicados en sus territorios. Y aunque los gobiernos provinciales se hubieran expresado a favor -no lo hicieron, de hecho no fueron ni consultados al respecto-, la medida atenta directamente contra la soberanía del pueblo argentino, por lo que carece de legitimidad alguna.

Los gobernadores de varias provincias han tomado nota de este hecho y entendiendo que, a partir de la enorme cantidad de deuda que tomó el Gobierno Nacional y la fragilidad económica que vive el país, los recursos de sus territorios podrían quedar a merced de acreedores, promulgaron leyes tuitivas de sus riquezas naturales. Es el caso de Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Chaco, mientras que La Rioja y San Luis estarían en vías de hacerlo. En este sentido, Barcesat aclaró que “es necesario que todas las provincias restantes realicen iniciativas similares afirmando que sus recursos no se pondrán como garantía de repago de deuda”.

Consultado sobre la validez de los decretos de contratación de deuda y sus complementarias resoluciones ministeriales, el constitucionalista explicó que “primero hay que aclarar que se trata de una conducta ilícita, por lo cual hemos denunciado a partir de la primera toma de deuda - a principios de 2016 se tomó 17 mil millones de dólares para pagarle a los fondos buitres-, la ilegalidad en el obrar del ministro de Finanzas Luis Caputo y su equipo, que usurparon una atribución y una potestad que pertenece al pueblo y sus respectivos representantes provinciales”.

Además de Caputo, en la causa, iniciada en el año 2016 en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 7, que maneja el juez Sebastián Casanello, están denunciados por los presuntos delitos de “administración fraudulenta de la Administración Pública, violación de deberes de funcionario público y abuso de autoridad”, el presidente Mauricio Macri y otros miembros de su gabinete económico. Hasta la fecha ninguno de ellos fue citado por la Justicia para que den explicaciones del por qué se abrogaron atribuciones que no les pertenecen, poniendo en riesgo bienes que son patrimonio del pueblo.

Pero más allá de la ilegalidad o no de las resoluciones firmadas por el macrismo, esta situación despierta la siguiente interrogante: ¿Puede un gobierno vender o hipotecar los recursos existentes en sus territorios? No debería, respondió Barcesat, al menos no sin violar la carta magna nacional y los pactos internacionales a los cuales esta adhiere. Al respecto, explicó que en los artículos de dos Pactos Internacionales de la ONU, de Derechos Civiles y Políticos, y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que comprenden y son vinculantes para el conjunto de los estados comprendidos por la ONU (es decir, el G193), y que por la Reforma Constitucional del año 1994 tienen jerarquía de cláusulas constitucionales en nuestro país, se establece que “las riquezas y recursos naturales son de titularidad de los pueblos” y que “ningún pueblo puede ser prescindido de aquello que es esencial para su subsistencia”.

“La Justicia, tanto nacional como internacional, debe obrar en resguardo del patrimonio del pueblo soberano de un país, para que en caso de default, lo cual es muy probable para la Argentina por el tremendo crecimiento de la deuda durante el gobierno de Macri, se preserven sus recursos naturales”, agregó.

Por otro lado, como se trata de una acción ilícita, según lo sentenció el constitucionalista, el sistema jurídico debe regirse por una máxima universal del Derecho que expresa que “ninguna acción reclamativa, entre sí, tienen quiénes concertaron actos nulos o ilícitos”.

Por Martin Semola.

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