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El Gobierno amplió el listado de actividades y servicios esenciales: quiénes son los nuevos exceptuados de cumplir la cuarentena

En la nueva decisión administrativa se encuentran rubros vinculados a la construcción, comercio exterior, mutuales y cooperativas de crédito, entre otros.

3 de abril de 2020

Con el objetivo de mitigar los efectos económicos de la cuarentena por el coronavirus, el Gobierno amplió el listado de actividades y servicios considerados esenciales, como las que se encuentran vinculadas a la construcción, minería, fabricación de maquinaria agrícola, comercio exterior, mutuales y cooperativas de crédito, entre otras.

A partir de este viernes, las personas que estén abarcadas por este anuncio deben tramitar el certificado único para circular.

A través de la Decisión Administrativa 450/2020, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo oficializó la decisión de ampliar el listado de actividades y servicios declarados esenciales en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio prorrogado hasta el próximo 12 de abril inclusive.

En efecto, son ocho las nuevas actividades exceptuadas de la cuarentena y por ende habilitadas para volver a funcionar tras 14 días de parate:

- venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones

- actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera

- curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola

- actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía

- exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear

- servicios esenciales de mantenimiento y fumigación

- mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos

- inscripción, identificación y documentación de personas

"Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales", aclaró el Gobierno quien remarcó que "en todos estos casos, los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores".

A partir de la entrada en vigencia de este anuncio, las personas comprendidas deben tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19, que desde el 6 de abril será el único permiso válido para transitar por la vía pública y reemplazará al emitido por la Ciudad de Buenos Aires y por las provincias, salvo las excepciones especificadas. Dicho trámite tiene el carácter de declaración jurada para los aplicantes, por lo que el eventual falseamiento de datos "dará lugar a sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente".

Desde el mismo día en que empezó a regir el aislamiento obligatorio, el Gobierno se encontraba evaluando cómo ampliar el listado original de 24 actividades exceptuadas del DNU. De hecho, durante la jornada siguiente sumó 10 rubros tras el pedido de empresarios, gremios y gobernadores.

Tras ver los efectos económicos de dos semanas de parate total, se tomó esta determinación. "La realidad de la implementación del aislamiento social, preventivo y obligatorio ha demostrado la necesidad de incorporar otras actividades y servicios con carácter de esenciales con el fin de mitigar los efectos ocasionados por las medidas adoptadas", se argumentó entre los considerandos del anuncio, que llevó las firmas del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del Ministro de Salud, Ginés González García.

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