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Buscan obligar a los sindicalistas a presentar su declaración jurada

El proyecto de ley de ética pública obliga a los directivos de las asociaciones gremiales y de obras sociales a presentar sus declaraciones juradas.

8 de marzo de 2019

El proyecto de ley de ética pública que se acaba de presentar en el Congreso obliga a los directivos de las asociaciones gremiales y de obras sociales a presentar sus respectivas declaraciones juradas patrimoniales. De no hacerlo, no podrán continuar en sus cargos hasta subsanar la omisión.

La iniciativa establece que regirá un formulario único con control anual para verificar eventuales irregularidades que debe ser público.

También se propone un nuevo régimen de declaraciones juradas normas específicas y regulatorias sobre conflictos de intereses, contratación de familiares y recibo de obsequios, entre otras cuestiones.

"Ya transcurrieron más de 18 años desde la sanción de la primera ley de ética pública, por lo que resulta necesario introducir modificaciones con objeto de adecuar sus disposiciones a los nuevos tiempos y tecnologías, procurando mejorar las herramientas destinadas a prevenir violaciones éticas que puedan derivar en hechos de corrupción y transparentar el ejercicio de la función pública", explicaron desde el Gobierno a La Nación.

El proyecto también pone un freno al nepotismo. Se hacen extensivas a los tres poderes del Estado las restricciones que hoy están vigentes en la administración pública nacional.

Entre ellas, la prohibición al Presidente, vicepresidente, jefe de Gabinete, ministros y los funcionarios con rango y jerarquía equivalentes designar parientes hasta el segundo grado en el sector público nacional.

La propuesta agrega una prohibición similar para secretarios, subsecretarios, máximas autoridades de entes descentralizados, senadores, diputados, auditores generales de la Nación, defensor del pueblo y magistrados y secretarios del Poder Judicial y del Ministerio Público, en sus respectivos ámbitos.

El proyecto también propone la regulación integral de los conflictos de intereses. En este sentido, se prevén deberes y prohibiciones adicionales para los funcionarios de más jerarquía.

Por ejemplo, se regulan las participaciones societarias de los funcionarios del sector público nacional con jerarquía de subsecretario o superior (con la previsión de que deban constituir fideicomisos ciegos en algunos casos), para quienes también se establece un deber de exclusividad.

En tanto, los diputados y senadores deberán informar los intereses privados que tuvieran en relación con los proyectos en los que intervendrán.

En materia de obsequios, el proyecto extiende a los tres poderes del Estado el régimen que actualmente solo atañe al Poder Ejecutivo.

En este sentido, se prohíbe recibir obsequios con motivo o en ocasión del desempeño de las funciones, salvo que se trate de regalos de cortesía o costumbre diplomática.

El proyecto prevé que se puedan pagar total o parcialmente gastos de viaje necesarios para la participación de funcionarios en conferencias, actividades culturales y similares cuando no provengan de personas con derechos o intereses que pudieran verse afectados por el organismo donde se desempeña el funcionario.

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